Google y el derecho al olvido en Europa

En varios artículos hemos hablado de la importancia de estar en Internet en forma de páginas personales o perfiles de redes sociales. Que hablen de nosotros es bueno, pues permite enriquecer nuestra imagen pública dentro y fuera de la red.

Sin embargo, no siempre es bueno lo que leemos en Google u otros buscadores, y en algunos casos podemos encontrarnos con información lesiva o que perjudique nuestra imagen.

En mayo de 2014, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea estableció el derecho al olvido en Google. Esto significa que cualquier ciudadano europeo tiene el derecho a solicitar a cualquier buscador, como Google, a pedir que se desindexe (que en la práctica significa ocultar) informaciones que atentan contra nosotros que sean inexactas, inadecuadas, irrelevantes o excesivas. En cualquier caso, el interés público prevalece sobre el interés individual.

A continuación, echamos un vistazo al informe publicado por la propia Google repasando qué tal han ido los tres primeros años de derecho al olvido en Europa.

Luego detallaremos los pasos a seguir en caso de que seas víctima de información negativa en Google y quieras hacer valer tu derecho al olvido.

Imagen propiedad de Robert Scoble (Flickr)

Derecho al olvido en Europa: 2014-2017

El Informe de transparencia de Google sobre derecho al olvido en Europa habla de más de 655.561 solicitudes de retirada y más de 2.440.455 enlaces cuya retirada se ha solicitado.

Dice Google que el proceso es manual. Las solicitudes recibidas mediante formulario web se revisan a mano y se toma una decisión a partir de las directrices que dieron las instituciones europeas.

Viendo las estadísticas de estos tres años de derecho al olvido en Europa (2014-2017), la práctica totalidad de solicitudes han sido de personas individuales (89%). El 11% restante han sido instituciones públicas, empresas, figuras públicas o menores.

Los motivos para solicitar la desindexación de ciertas páginas web son, principalmente, información profesional (24%), páginas donde se avisa del nombre no encontrado dentro de un sitio web (16%), páginas creadas por uno mismo (10%)…

Curiosamente, según Google, razones como crimen (8%), malas prácticas profesionales (7%) o información personal sensible (2%) son de las menos habituales al solicitar el derecho al olvido.

En cuanto al tipo de enlaces que se pide ocultar, la mayoría suelen ser noticias de medios de información, directorios y redes sociales. Curiosamente, los sitios web más afectados por las solicitudes de derecho al olvido son Facebook, Instagram, Twitter, Google+ o YouTube, solamente superados por el portal francés 118712 con información profesional y de servicios.

En la página de Google donde se muestra toda esta información podemos filtrar los resultados por países, e incluso ver la cantidad de enlaces ocultados en un periodo de tiempo.

Cómo reclamar nuestro derecho al olvido

Siguiendo el fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Google cuenta con un formulario web para solicitarle desindexar páginas web que atenta contra nuestro derecho al olvido. El primer requisito es que seamos ciudadanos europeos.

Para rellenarlo, deberemos iniciar sesión con nuestra cuenta de usuario de Google, por lo que si no tenemos una tendremos que crearla para la ocasión.

En el formulario deberemos indicar nuestro país de residencia, nombre, apellidos y dirección de correo electrónico, indicar si somos nosotros mismos o si solicitamos el derecho al olvido en nombre de otra persona (cliente si somos abogados, familiar, amigo, etc.).

También tendremos que aportar un documento que acredite quiénes somos en formato digital y si hemos realizado o no solicitudes con anterioridad.

Luego deberemos indicar con qué nombre de búsqueda se muestran los resultados a eliminar, y argumentar los motivos de eliminación y enlaces concretos a ocultar.

Tal y como reza la página de preguntas frecuentes de Google, “al evaluar tu solicitud, tendremos en cuenta si los resultados incluyen información obsoleta sobre tu vida privada, así como si existe un interés público en lo que respecta a la información que permanece en los resultados de búsqueda de Google”.

El proceso es manual y no se concreta cuánto tiempo tardaremos en recibir una respuesta. Sea como fuere, si hemos argumentado correctamente nuestra postura y realmente la información a ocultar nos perjudica personal o profesionalmente, Google ocultará ese contenido.

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Ir a la fuente / Author: José María López

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